 DIARIONOTICIA.COM.DO-SPM, R.D.- La Procuraduría
General de la República (PGR) advirtió que los acuerdos plenos y
parciales en un proceso penal y específicamente en caso de violencia
de género agravada, están sujetos a ser comunicados previamente al
director nacional de persecución y autorizados por este funcionario
de la Procuraduría General de la República.
En ese sentido, la institución del sistema de justicia dijo que los
fiscales suspendidos Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández
Morales, quienes actuaron en el proceso penal seguido en el
departamento judicial de San Pedro de Macorís contra el señor Yasmil
Oscar Fernández, quien provocó la muerte a su expareja Anibel
González, violaron dos instrucciones del procurador general de la
República que deben aplicar los representantes del Ministerio
Público para el abordaje correcto de esos casos.
Segun la PGR, los fiscales suspendidos violaron los lineamientos
puestos en marcha por el procurador Jean Rodríguez para la
investigación y persecución eficaz de los casos relacionados a la
violencia de género, y segundo también violaron lo establecido en el
memorándum de fecha 28 de febrero del año 2017 donde les instruye a
los fiscales titulares que los acuerdos, tanto plenos como parciales,
previo a su ejecución, deben ser notificados y autorizados por
escrito por el director general de Persecución del Ministerio
Público.
En torno al acuerdo al que se arribó en el caso del señor Yasmil
Oscar Fernández, precisó que en fecha 06 de febrero del año 2019, el
Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, homologó el
Acuerdo Parcial suscrito entre el imputado Yasmil Oscar Fernández y
la representante del MP y encargada de la Unidad de Atención
Integral a Víctimas de Violencia de Género de San Pedro de Macorís,
magistrada Margarita Hernández.
Informó que tan pronto las autoridades superiores del Ministerio
Público tomaron conocimiento de dicho acuerdo homologado por el
tribunal, el director de persecución del MP, magistrado Fernando
Quezada, envía el 11 de febrero del mismo año, un memorándum al
fiscal titular de SPM, magistrado Pedro Núñez, quien es el superior
inmediato de la magistrada Margarita Hernández, solicitándole
realizar una investigación sobre ese proceso penal, advirtiéndole
que ese Despacho desconoce quién autorizó dicho acuerdo, violatorio
de las instrucciones generales dictadas por el procurador general de
la República.
Dijo que posteriormente, como parte del proceso de investigación,
fueron llamados al Despacho del director de persecución, en varias
ocasiones, tanto el fiscal titular como las magistradas Margarita
Hernández y Luz Aurora Almonte, ésta última quien a requerimiento
del director de persecución, magistrado Fernando Quezada, envía el
28 de febrero de 2019, un informe sobre el caso, que es el informe
solicitado y entregado que circula en las redes sociales y medios de
comunicación.
“Es importante señalar, que cuando las autoridades superiores del MP
tienen conocimiento de dicho acuerdo, es ya un acuerdo homologado
por un juez y de acuerdo a la norma procesal, la única vía que tenía
el MP actuante era solicitar la revocación del mismo por ante el
Juez de la Ejecución de la Pena, siempre que tuviera información y
evidencias de que el imputado estaba incumpliendo con lo acordado en
dicho acuerdo”, señala el comunicado de prensa.
La PGR explicó en ese sentido, que en estos momentos la Inspectoría
del MP profundiza las investigaciones de este caso y dijo que una de
las cosas que espera determinar en esta investigación es si el
Ministerio Público actuante contaba con esas evidencias para poder
solicitar su revocación y, si aun teniéndolas, no procedió con las
diligencias de lugar.
El órgano rector del Ministerio Público afirmó que trabajan para
esclarecer los hechos y expresó que habrá consecuencias de
determinarse durante la investigación que en este caso se ha
incurrido en actuaciones que riñen con la ley. |
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